Víctor Álvarez R. / Premio Nacional de Ciencias
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Citgo está en la mira de los tenedores del Bono 2020 de Pdvsa que se
emitió con una garantía del 50,1% de las acciones de Citgo; pero también de la
minera Cristallex que pretende cobrarse con el remate de Citgo la indemnización
que reclama por la expropiación de la mina de Las Cristinas. La OFAC
extendió hasta el 20 de octubre de 2023 la licencia que impide actuar en contra
de Citgo y prohíbe “la venta, transferencia,
cesión o pignoración” de las acciones que PDV Holding tiene en Citgo.
Recordemos que en marzo de 2023, el juez Leonard Stark de Delaware,
aprobó el remate de estas acciones para pagar a los acreedores. Pero este
procedimiento no se puede llevar a cabo hasta tanto lo autorice la OFAC. La suspensión de
estas causas concede un tiempo extra para que gobierno y oposición gestionen
conjuntamente ante los acreedores y el gobierno de EEUU un compromiso de pago
que evite el remate de Citgo para pagar deudas pendientes.
A pesar de estar en tiempo de descuento, este tema no se discute en el
debate político-electoral nacional y se corre el riesgo de perder un importante
activo que cualquiera de los precandidatos que resultase electo Presidente de
la República, va a necesitar para apuntalar la reconstrucción del país.
Las causas del litigio contra CITGO
La amenaza de remate de Citgo para pagar deudas e indemnizaciones tiene
su origen en equivocadas decisiones gubernamentales de expropiaciones y emisión
de deuda garantizada con las acciones de Citgo. El litigio entre Crystallex y
la República de Venezuela surge en 2008 cuando se expropió la mina de oro Las Cristinas, en el estado Bolívar.
Crystallex
llevó el caso al Centro International de Arreglo de
Diferencias sobre Inversiones (CIADI) cuyo Tribunal de Arbitraje dictó en 2016
una sentencia que favoreció a Crystallex con una indemnización inicial de $
1.400 millones, monto que debía pagar la República como compensación por los
daños y perjuicios generados a la compañía.
El gobierno
de Maduro consideró desmesurada la indemnización y no la pagó. En 2018
Crystallex trasladó el caso a una Corte en Delaware y demandó el pago con cargo
a las acciones de Citgo. En 2021, el Tribunal aprobó la venta de acciones de
PDV Holding (cuyo único activo son las acciones de Citgo), para pagar a
Crystallex la indemnización que reclama a la República.
Aunque Pdvsa nunca tuvo negocios con Crystallex -y el litigio de la
minera canadiense es contra la República de Venezuela-, el marco legal
estadounidense contempla la figura del alter
ego que permite al afectado por el impago de una deuda, embargar otros
activos propiedad del deudor moroso.
Pero en EEUU no se puede embargar los activos de una compañía para
cobrar una deuda del dueño porque son dos entidades legalmente distintas y
separadas. Por lo tanto, ni las deudas por nacionalizaciones ni los laudos
contra la República deberían cobrarse con cargo a Citgo porque son figuras
jurídicas distintas. Citgo formalmente es propiedad de Pdvsa y no de la
República.
Sin embargo, la República de Venezuela representada por el interinato
utilizó fondos de Citgo y dio base para que el juez sentenciara que se trata de
un mismo patrimonio contra el cual se podían cobrar la indemnización que
reclama Cristallex. Con estas evidencias, la Corte
estadounidense determinó la aplicación del principio de alter ego, según el cual se identifica como un solo
patrimonio, tanto el patrimonio de la República Bolivariana de Venezuela como
el patrimonio de Pdvsa y sentenció el remate de las acciones de PDV Holding para pagar con esos
fondos la indemnización de Crystallex.
Este fallo basado en la figura del alter
ego sentaría un precedente jurídico que puede ser utilizado en otros juicios
que buscan cobrar indemnizaciones con cargo a los activos de Venezuela en el
exterior. Por lo tanto, es un tema de interés nacional que debe ser debatido
por todos los precandidatos en función de proponer una acción conjunta para
proteger los activos de la República en el exterior.
¿Quién
defiende los intereses de Venezuela en EEUU?
Con la disolución del interinato, Citgo quedó en manos de un Consejo de
Administración y Protección de Activos designado por la AN-2015, a pesar de que su mandato constitucional
expiró en 2020 y no sesiona
porque la mayoría de sus integrantes están en el exilio, acusados de usurpación
de funciones.
El pasado 3 de mayo, la OFAC concedió la Licencia
General 42 (LG42) que autorizó a la AN-2015 a negociar las deudas de Pdvsa y la
República con sus acreedores. En respuesta, la AN-2020 aprobó la Ley para la Protección de los Activos de la República en el Extranjero, cuyo
artículo 8 declara la nulidad de cualquier negociación o compromiso realizado
en torno a los activos de la República en el extranjero. El artículo 11 indica
que enfrentarán responsabilidades penales los profesionales del derecho que
participen directa o indirectamente de estos actos que son calificados como "acciones de despojo contra el patrimonio
nacional y como actividades de delincuencia organizada". Sus bienes
serán objeto de extinción de dominio y serán sancionados con pena de quince
15-20 años de prisión.
Esta ley es un recurso para inhibir a políticos,
abogados, profesionales y técnicos a involucrase en estas negociaciones. El
gobierno busca impedir que la AN-2015 -autorizada por la Licencia 42 de la
OFAC-, negocie con los acreedores de la República y Pdvsa. Pero si el gobierno no se pone de acuerdo con la oposición,
Venezuela perderá este importante complejo refinador, una vez que la OFAC conceda la licencia para que se rematen
las acciones.
La
importancia de CITGO en la reconstrucción nacional
En 2022, Citgo
reportó ganancias netas de 2 mil 800 millones de dólares. ¿Qué hacer con
semejante nivel de ganancias? Si de
destina un 10 % a la creación de un Fondo Soberano de Pensiones, estaríamos
hablando de un aporte fundacional de $ 280 millones, semejante al aporte que en
su momento hizo Noruega para constituir su Fondo de Petróleo que, gracias a la
capitalización y reinversión de las ganancias generadas por sus inversiones, ha
crecido considerablemente.
Fortalecer
el sistema nacional de jubilaciones y pensiones es crucial para asegurar a los
venezolanos unas condiciones de vida digna cuando ya no estén en capacidad de
trabajar. Los
precandidatos de la oposición pudieran debatir un acuerdo para gestionar ante
la OFAC una licencia que permita destinar un porcentaje de estas ganancias a
financiar los programas de protección social.
El remate de Citgo sería un lamentable desenlace para Venezuela. Se perdería
un importante activo que se necesita para reconstruir la industria petrolera y
generar los ingresos que demanda la reconstrucción nacional. Los precandidatos no
pueden aceptar que Crystallex cobre -con cargo a las acciones de Citgo- la
indemnización que reclama a la República. Citgo es una figura jurídica distinta
a la República, nunca fue deudora de Crystallex y no tiene ninguna relación
comercial ni financiera con la minera canadiense. Por lo tanto, sus acciones no
pueden ser embargadas para pagar una deuda que nunca contrajo, para pagar una
deuda que no tiene.
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