viernes, 27 de septiembre de 2019

¿A cuánto debería subir el precio de la gasolina?


Víctor Álvarez R.
Premio Nacional de Ciencias
Hay un creciente clamor nacional sobre la necesidad de sincerar el precio de la gasolina, cuya distribución “gratuita” ha degenerado en una política antipopular y antiempresarial. El subsidio a la gasolina no es gratis, se paga a través del impuesto hiperinflacionario que recae sobre todo en quienes viven de un ingreso fijo, pero que también afecta a las empresas que no pueden sincronizar el ajuste de sus precios al ritmo hiperinflacionario, y luego no pueden reponer el total de los inventarios con los ingresos que obtienen por ventas.
La “gratuidad” de la gasolina no beneficia a los más pobres que no tienen carro y nunca van a una estación de servicio a llenar el tanque. Semejante subsidio arruina las finanzas de Pdvsa porque no permite a las refinerías cubrir sus costos. Esto obliga al BCV a emitir dinero inflacionario, el cual transfiere a Pdvsa para que pueda pagar sus nóminas. Es un estímulo perverso al contrabando de extracción que solo beneficia a las mafias y amenaza con dejar al país sin gasolina.
Escenarios de ajuste del precio de la gasolina
La gasolina más cara en América Latina es la que se vende en Uruguay a 1,51 $/litro, el precio intermedio lo encontramos en México y Brasil a razón de 1 $/L y la más barata es la de Ecuador, a 0.50 $/L. Nuestra propuesta es ajustar la gasolina en Venezuela al precio más barato al que se vende en América Latina, a fin de poder cubrir los costos de refinación, transporte y comercialización, y generar un margen de ganancias que se destinará a:

jueves, 19 de septiembre de 2019

Lo que esperamos de Oslo


Víctor Álvarez R.
Premio Nacional de Ciencias
Entre 2016-2019 tienen lugar en Venezuela cuatro procesos de diálogo y negociación para abordar las crecientes tensiones y conflictos entre el Gobierno y la Oposición. Estos mecanismos alternativos se activan ante el progresivo deterioro del marco constitucional, del entorno institucional y de los mecanismos del sistema democrático. Sin embargo, no siempre lograr resolver el conflicto y, con frecuencia, solo han servido para que el Gobierno gane tiempo y se prolongue en el poder.
La legitimidad de origen se pierde cuando un gobierno electo en las urnas no garantiza los derechos esenciales de una democracia integral, tales como el respeto a los derechos humanos, el sometimiento al Estado de derecho, las elecciones oportunas y transparentes, la consulta popular para solucionar las crisis de gobernabilidad, la transparencia en la administración de los fondos públicos, la libertad de expresión y la separación e independencia de los poderes públicos.
El debilitamiento de las instituciones democráticas también se manifiesta en la impugnación de diputados para quebrar la mayoría calificada lograda por la Oposición en la Asamblea Nacional; en las maniobras para inhabilitar y sacar de la contienda electoral a candidatos ganadores; en la prisión de dirigentes estudiantiles, sindicales, parlamentarios y políticos opositores; en el amedrentamiento contra periodistas y medios de comunicación social; en la criminalización de la crítica y de la protesta; en el uso de armas de fuego para reprimir manifestaciones pacíficas.

Agua, luz, gas, teléfono y otras gratuidades hiperinflacionarias


Víctor Álvarez R.
Premio Nacional de Ciencias
El consenso entre los economistas indica que el principal factor propagador de la hiperinflación es el financiamiento monetario del déficit fiscal. El sector público consolidado ha registrado déficits superiores a 10 % del PIB por más de seis años, lo cual se debe en gran medida al empeño por mantener irracionalmente bajos los precios y tarifas de los bienes y servicios públicos. Esto genera descomunales déficits que son financiados con emisiones de dinero inflacionario.
Al gobierno también lo afecta la hiperinflación. La caída del poder adquisitivo de los ingresos fiscales se agrava porque hay una desincronización entre el momento en el que se generan los impuestos y el momento en el que se recaudan. Como la hiperinflación también devora el poder de compra  de los ingresos fiscales, los presupuestos se vuelven sal y agua y el gobierno cae en el círculo vicioso de financiar el déficit con dinero inflacionario. El déficit fiscal y su financiamiento con emisiones de dinero por parte del BCV se han convertido en el principal factor propagador de la hiperinflación que pulveriza los salarios de los trabajadores y empobrece a las familias venezolanas. Erradicar la hiperinflación exige poner freno al manejo irresponsable de la gestión fiscal y de la política monetaria. Veamos:

¿Qué significa que el Seniat permita la facturación en divisas?


Víctor Álvarez R.
Premio Nacional de Ciencias
Algunos medios informaron -como si se tratara de una nueva noticia-, que el Seniat autorizó la facturación en divisas. Vale recordar que, si bien inicialmente la Ley contra Ilícitos Cambiarios prohibió en 2005 la compra-venta de bienes y servicios en divisas, en 2014 se levantó tal prohibición. Adicionalmente, el artículo 25 de la Ley del IVA y el artículo 51 de su Reglamento también permiten que el contribuyente fije el precio o base imponible en divisas.
La Providencia Administrativa 0071 dictada por el Seniat en 2011 establece que cuando el precio esté fijado en divisas, en la factura deberán indicarse también los valores equivalentes de base imponible e impuesto en bolívares, considerando la tasa de cambio establecida por el BCV. A su vez, el Decreto 35 del 28 de diciembre de 2018 establece el pago de impuestos en divisas cuando el precio o base imponible se haya fijado en divisas. Como se puede apreciar, el tema de la facturación y pago de impuestos ya estaba aprobado, solo que no se aplicaba por temor a las arbitrariedades de muchos funcionarios en la interpretación de la norma. 
La normativa establece dos condiciones: i) expresar en la factura el equivalente en bolívares del monto facturado en divisas; ii) indicar el tipo de cambio utilizado para el cálculo de la cantidad en bolívares, tal como lo establece el numeral 14 del Artículo 13 de la Providencia Administrativa N° 0007112 del SENIAT en la que se indican las Normas Generales de Emisión de Factura y Otros Documentos.

Para sobrevivir a las sanciones gobierno de Maduro comienza a liberar la economía


Por: Víctor Álvarez R.
Premio Nacional de Ciencias
A raíz de la implantación del Control de Cambios en 2003, proliferó una amplia gama de leyes, decretos, reglamentos, resoluciones ministeriales, providencias que sustituyeron a las leyes de la oferta y la demanda y al mecanismo de los precios como reguladores de la actividad económica. La arbitrariedad en la interpretación de la norma, así como los abusos en la aplicación de las sanciones, creó un ambiente de mucha inseguridad jurídica. Los allanamientos a establecimientos industriales y comerciales, la confiscación y remate de los inventarios, la violación de los derechos de propiedad y en el encarcelamiento de gerentes y propietarios conformaron un entorno cada vez más hostil al emprendimiento productivo.
El entramado de controles y sanciones degeneró en un caldo de cultivo en el que proliferó el tráfico de influencias, la extorsión y el cobro de comisiones y “vacunas”. Los trámites oficiales para cualquier emprendimiento no solo se enfrentan al cumplimiento de complicados requisitos, sino a la arbitrariedad de funcionarios corruptos que retrasan los trámites para finalmente imponer su soborno.
El exceso de controles y regulaciones, la debilidad institucional y la discrecionalidad de los funcionarios públicos se convirtieron en tierra fértil para la corrupción. Las instituciones públicas terminaron convertidas en feudos donde se articulan mafias que trafican y cobran por cualquier trámite, desde la solicitud de un pasaporte hasta un permiso para la exportación, pasando por el apostillado de un documento o el cobro de una factura en un ministerio.