Víctor Álvarez R.
Premio Nacional de Ciencias
En lugar
de un Decreto de Emergencia Económica hecho a la medida de un Gobierno que
quiere evitar el control de una AN ahora en manos de la Oposición, el reto que
deben asumir tanto el Poder Ejecutivo como el Legislativo es acordar un Programa de Estabilización Económica con
Bienestar Social. El Gobierno tiene al alcance de la mano un conjunto de medidas
que lejos de tener un impacto antipopular y generar una crisis de
gobernabilidad, más bien crearían el clima de seguridad jurídica y paz laboral
que se requiere para estimular una creciente inversión que permita reactivar la
producción y superar los problemas de escasez, acaparamiento y especulación que
tanto malestar generan en la población.
A través
del Decreto de Emergencia Económica, el Gobierno aspira a una modalidad de Ley
Habilitante que es poco probable que una AN en manos de la Oposición le
apruebe. Según la CRBV y la Ley de Estados de Excepción, la emergencia
económica es como una forma de estado de excepción que transfiere temporalmente
al Gobierno el ejercicio de la función legislativa y le permite Gobierno dictar
medidas con el mismo rango que una Ley, las cuales pueden sobreponerse a las
Leyes vigentes en materia económica. Una vez habilitado, el Ejecutivo regula
los derechos fundamentales cuyas garantías han sido restringidas, tales como la
libertad económica y la propiedad privada. Veamos:
El Estado de Excepción
La Ley Orgánica de Estados de Excepción precisa las
medidas que pueden ser dictadas en el marco de los decretos de emergencia
económica:
ü Limitar o
racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad,
tomar las medidas necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y
el funcionamiento de los servicios y centros de producción (Art 19).
ü Permite
erogaciones con cargo al Tesoro Nacional que no estén incluidas en la Ley de
Presupuesto (Art 20).
ü El Gobierno
puede requisar los bienes e inmuebles de propiedad particular que deban ser
utilizadas para restablecer la normalidad (Art 24).
Así
pues, el Decreto de Emergencia Económica que acaba de ser publicado otorga
poderes especiales al Presidente de la República para legislar en materia
económica. Según su contenido, el Ejecutivo Nacional
podrá dictar las medidas que considere convenientes en los siguientes aspectos:
1. Disponer de los saldos presupuestarios del
Ejercicio Económico 2015.
2.- Asignar
recursos extraordinarios a proyectos previstos o no en la Ley de presupuesto
para ser usados en los sectores de salud, educación y vivienda.
3.- Implementar medidas
especiales e inmediatas para reducir la evasión fiscal.
4.- Dispensar de las
modalidades del Régimen de Contrataciones Públicas en determinado sectores a
fin de agilizar las compras del Estado que requieran urgencia.
5.- Disponer de los
trámites y requisitos para la importación nacionalización de mercancía.
6.- Implementar medidas
especiales para el tránsito de mercancías en aeropuertos y puertos del
país.
7.- Dispensar de
los trámites cambiarios establecidos por Cencoex y BCV a órganos del
sector público y privado, a fines de agilizar la importación de bienes o
insumos para el abastecimiento.
8.- Requerir a
empresas del sector público y privado, incrementar niveles de producción y el
abastecimiento de determinados insumos.
9.- Adoptar las
medidas necesarias para asegurar el acceso oportuno a la población de
alimentos, medicinas y demás bienes de primera necesidad.
10.- Adoptar las
medidas necesarias para estimular la inversión extranjera.
11.- Desarrollar y
fortalecer el sistema de misiones socialistas.
Dicho
claramente, el Decreto reserva al Ejecutivo el derecho de asignar recursos
extraordinarios a proyectos, estén o no previstos en el presupuesto, así como a
entes de la administración pública en salud, alimentación y vivienda. También
permite medidas especiales para obviar normas legales y controles que rigen las
compras y contrataciones gubernamentales. Por si fuera poco, el Gobierno
podrá requerir a personas naturales y jurídicas los medios de transporte,
acopio y distribución, establecimientos y bienes muebles que necesite para sus
operativos de distribución de alimentos, medicinas y otros bienes. De
concretarse, esta requisa causaría pavor y sentenciaría al fracaso la misión del
nuevo Ministerio de Promoción de Inversiones.
Acostumbrado
a gobernar sin mayores controles por parte del Poder Legislativo, con este
Decreto el Ejecutivo intenta abrir una vía de escape para evadir el marco legal
que rige la actividad económica y evitar el análisis de créditos adicionales y
contratos que deben ser aprobados por la AN, la cual ahora está controlada por
la Oposición.
La concentración de poder no fue buena y la falta de
control fue peor. Si algo quedó claro es la necesidad de poner límites al
poder, cualquiera que éste sea, para que cada uno pueda trabajar con autonomía,
al margen de decisiones personalistas y autoritarias. La amenaza de una crisis
de gobernabilidad solo
podrá conjurarse con el reconocimiento y respeto mutuos, con la
creación de espacios de
diálogo y negociación, de alianzas ganar-ganar entre los
poderes.
Atizar un conflicto de poderes que
paralice al Gobierno mientras la Oposición pavimenta el camino al referendo
revocatorio, hundirá aún más al país en la inercia e inacción. Apostar a
una batalla final es provocar un estallido social de consecuencias impredecibles.
Lo que
está en juego no es la estabilidad de un gobierno sino la viabilidad de una
Nación. @victoralvarezr
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